sábado, 19 de febrero de 2011

Pragmáticas contra los gitanos

       

 Históricamente el pueblo gitano ha sufrido una constante persecución, que se ha ido reflejando en las distintas pragmáticas, cédulas, decretos, ...  que han tenido lugar desde la primera de ellas, en 1499, hasta practicamente la actualidad.  Se perseguía con ellas dos objetivos : el asentamiento permanente o la expulsión, aunque esto conllevara anular sus tradiciones, costumbres, lengua (romaní), su forma de sentir; en definitiva, una forma de discriminación que se ha extendido demasiado en el tiempo y que ha dejado su huella.  Vamos a tratar los aspectos más destacados de algunas de ellas:
1ª Pragmática (1499)
La primera Pragmática tuvo lugar en 1499, Medina del Campo (Valladolid) y fue aprobada por los Reyes Católicos.  Las razones que la motivaron aparecen en la misma pragmática:
"Sabed que se nos ha fecho relación de que vosotros andáis de lugar en lugar muchos tiempos e años ha, sin tener oficios ni otra manera de vivir alguna, salvo pediendo lemosna, é hurtando, é trafagando, engañando é faciendovos fechiceros, é faciendo otras cosas no debidas ni honestas".

Como dice el escritor Bernard Leblon:

"Los Reyes Católicos ponen a los gitanos contra la pared: o se vuelven sedentarios y se ponen a trabajar como todo el mundo, o desaparecen".

Las penas eran bastantes explícitas. La primera vez que fueran pillados en falta recibirían látigo, la segunda corte de orejas, y el exilio en cualquier caso.

Este hecho debe ser contextualizado para ser entendido. Los Reyes Católicos inauguraban la unidad territorial de España y el intento uniformizador en detrimento de la tolerancia.
Pero lo cierto es que "sí que se consiguió el asentar a algunos gitanos, que a partir de entonces vivirían conjuntamente en ciertos barrios de las afueras de pueblos y ciudades, de forma similar a como los encontramos hoy. Se les llamaron "gitanerías".
Reyes Católicos
(Isabel I de Castilla y
Fernando II de Aragón)
No hay que olvidar que  siete años antes (1492) se había decretado la expulsión de los judíos  y  tres   años después llegó la conversión forzada de los musulmanes (1502).

Posteriormente se promulgaron Reales Pragmáticas y Decretos en 1525, 1528, 1534, 1539, 1545, 1548 y 1551 entre otras fechas, todas con el mismo fin que sus antecesores, los Reyes Católicos, a saber, preservar la unidad territorial, cultural y religiosa y reprimir cualquier brote diferenciador.  Fueron aprobadas sucesivamente por Carlos I, Felipe II,  Felipe III, que promulgó la "Pragmática de 20 de octubre de 1619", Felipe IV y  Carlos II, que promulgó la "Pragmática de 1695".
 
La "Pragmática de 1717" incluía la "obligación de los gitanos de residir en determinados lugares de los que no podían desplazarse sin autorización de la justicia".
En 1738 se dictará una nueva Pragmática y en 1749 tiene lugar otra durante el Reinado de Fernando VI.

Fernando VI (1713-1759)
En este tiempo aconteció la que se llamó la «Gran Redada» de los gitanos, donde en una misma noche, la del 30 de julio, fueron detenidas miles de personas de esta etnia que permanecerían en prisión durante años. Un gran número de familias gitanas, se calcula que en torno a 14.000 personas, fueron internadas en las minas de Almadén y en los arsenales de Cartagena, Cádiz y El Ferrol, medida de internamiento que duró hasta Carlos III, que en 1765 permitió volver a sus casas a estos colectivos.  Esta dura Pragmática contenía, sin embargo, una cláusula “humanitaria”: disponía que si las autoridades de sus lugares de origen reclamaban a los gitanos apresados, alegando ser personas de utilidad pública o con sangre andaluza, éstos serían liberados y restituidos a sus localidades.


Carlos III (1716-1788)
Carlos III promulgó la Pragmática de 19 de septiembre de 1783 que estaría vigente hasta la Ley de 1878 bajo el reinado de Alfonso XII. En ésta se establecía la igualdad de los gitanos con los demás súbditos. Recoge los siguientes aspectos:

- Los "gitanos"  son ciudadanos españoles.
- Debe dejarse de decir gitano, ya que todos los ciudadanos son iguales. Se sustituye la palabra «gitano» por «castellano nuevo».
- Los niños deben ir a la escuela a partir de los 4 años.
- Los gitanos son libres de fijar su residencia.
- Los gitanos pueden emplearse o trabajar en cualquier actividad.
- Los gitanos tienen derecho a asilo y atención a sus enfermos.
- Los gremios que impidan la entrada o se opongan a la residencia de los gitanos serán penalizados.
- Se imponen penas a los que obstaculicen la integración de los gitanos.

Sin embargo, para que el gitano pueda disfrutar de estas igualdades, debe cumplir unas condiciones:
  • Abandonar su forma de vestir.
  • No usar su lengua (el caló) en público.
  • Asentarse y abandonar la vida errante.

Constitución de 1812
"La Pepa"
La Constitución de Cádiz de 1812 supuso para los gitanos un avance importante ya que reconoció su situación jurídica como ciudadanos españoles.

Durante el reinado de Isabel II se publica el Decreto de 22 de agosto de 1847. A comienzos del presente siglo XX se dictará el Reglamento de 24 de abril de 1905 sobre el régimen de los animales y propietarios que preveía la detención de los gitanos si traficaban con animales y no contaban con los documentos acreditativos de su propiedad.
Durante el franquismo el pueblo gitano continuó siendo objeto de graves discriminaciones. Sirva de muestra el Reglamento de la Guardia Civil de 1943 en el que se decía que «se vigilará escrupulosamente a los gitanos, cuidando 6 mucho de reconocer todos los documentos que tengan, averiguar su modo de vida y cuanto conduzca a una idea exacta de sus movimientos y ocupaciones... conviniendo tomar de ellos todas las noticias necesarias para impedir que cometan robos...». 


Constitución 1978
 El inicio del período democrático (1977) supone un cambio en el tratamiento del tema gitano, al menos legalmente. Los artículos antigitanos del Reglamento de la Guardia Civil son derogados en 1978 y poco después se promulga la Constitución, que suponen desde un punto de vista formal, la igualdad de los gitanos ante la ley y la plena ciudadanía, al convertir en delito constitucional la discriminación racial, aunque en la realidad se mantiene su marginación económica y social.






Para ampliar información visita la página "Movimiento contra la intolerancia".
El cantaor Juan Peña "El Lebrijano" grabó en 1976 el disco "Persecución", un magnífico documento sonoro que plasma la historia del pueblo gitano, con letras de Felix Grande y con las guitarras Enrique Marchena, Pedro Peña.

Portada del disco
"Persecución" (1976)
El Lebrijano
 (Lebrija, Sevilla, 1941)

Enrique de Melchor
 (Marchena, Sevilla-1951)
Pedro Peña
(Lebrija, Sevilla, -1939)



En los siguientes enlaces puedes escuchar los distintos temas del disco:

- "Canto anónimo" y "Libre como el viento" (Caravana)

Actividades:

- ¿En qué consistieron las pragmáticas contra los gitanos?. ¿Cuál es tu opinión acerca de las mismas?. 
- Busca en el diccionario  aquellas de las siguientes palabras que no entiendas y una palabra antónima para cada una de ellas.




- ¿Cuál de las pragmáticas retrata el cantaor en los  "tientos-romance-tientos"?

1 comentario:

  1. Soberbio disco de El Lebrijano,que hizo que los Gitanos conocieran su propia historia y el orígen de nuestra discriminación.

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